Concejo Municipal


¿Qué es el Concejo Municipal?
Es una entidad de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargada de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones que señala la ley.

¿Cómo se eligen los concejales?
Por votación directa mediante un sistema de representación proporcional. Cada Concejo Municipal está compuesto por entre seis y 10 concejales, dependiendo del tamaño de la comuna. Duran cuatro años en sus cargos y pueden ser reelegidos.



¿Cómo funciona el Concejo?
El concejo puede reunirse en sesiones ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias se efectúan a lo menos dos veces al mes, donde puede tratarse cualquier materia que sea de competencia del concejo.
Las sesiones extraordinarias son convocadas por el alcalde o por un tercio, a lo menos, de los concejales en ejercicio. En estas sesiones sólo pueden tratarse aquellas materias indicadas en la convocatoria.
Las sesiones son públicas, a menos que dos tercios de los concejales presentes acuerden que determinadas sesiones sean secretas.


Funciones y atribuciones del Concejal


Función

Normar:

A requerimiento del alcalde, el Concejo debe dar su acuerdo para:

El concejo puede, por mayoría de sus miembros, disponer la contratación de una auditoría externa para evaluar la ejecución presupuestaria y el estado financiero del municipio.

La ejecución del presupuesto municipal.

El cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal.

Fiscalizar:
  • La gestión del alcalde, verificando que los actos municipales se ajusten a las políticas, normas y acuerdos del concejo.
  • Resolver materias que las leyes exigen acuerdo del concejo.
  • Aprobar la prestación de servicios municipales, concesiones, permisos y licitaciones.
  • Aprobar programas de inversión, el plan regulador comunal, y políticas de recursos humanos.
  • Aprobar el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal, y los presupuestos de salud y educación.
  • Dictar ordenanzas municipales y reglamentos de organización interna del municipio.


Atribución

  • Pronunciarse sobre el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal y aprobar el plan de seguridad pública, entre otras materias.
  • Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal y la ejecución del presupuesto municipal.
  • Analizar el registro público mensual de gastos detallados llevado por la Dirección de Administración y Finanzas.
  • Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle observaciones.
  • Recomendar prioridades al alcalde para la formulación y ejecución de proyectos específicos y medidas de desarrollo comunal.
  • Solicitar informes a empresas, corporaciones o fundaciones municipales, y a entidades que reciban aportes o subvenciones de la municipalidad.
  • Fiscalizar las unidades y servicios municipales.
  • Supervisar el cumplimiento del plan comunal de desarrollo.